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ARTÍCULOS SOBRE AGILIZACIÓN DEL DIVORCIO

Fecha: 16.07.09

Parejas con doble nacionalidad común pueden pedir el divorcio en ambos países

Bruselas, 16 jul de 2009.- El Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado hoy que los cónyuges con doble nacionalidad común pueden optar libremente por presentar una demanda de divorcio ante los tribunales de ambos países, a pesar de que carezcan de otros puntos de conexión con alguno de esos Estados.

Según han informado fuentes jurídicas, los jueces europeos se han pronunciado de este modo en el caso de un matrimonio húngaro que, después de casarse en 1979 en su país de origen, emigró a Francia, se instaló allí y obtuvo también la nacionalidad francesa.

En 2002, el esposo presentó una demanda de divorcio ante el tribunal de Pest (Hungría) mientras que, un año más tarde, la mujer hizo lo mismo ante una corte parisina.

En mayo de 2004, unos días después de la adhesión de Hungría a la UE, el tribunal de Pest dictó sentencia sobre el divorcio.

Sin embargo, el juez francés declaró que la decisión del tribunal húngaro no podía reconocerse en Francia porque la competencia de los jueces de Pest era "en realidad muy endeble", mientras que la del tribunal del domicilio de la pareja, en Francia, era, "en comparación, particularmente sólida".

Tras esta decisión, el marido presentó un recurso de casación ante los jueces franceses, que pidieron al Tribunal de Justicia europeo que aclarase la situación.

En su sentencia de hoy, éste ha precisado que la nacionalidad es un criterio inequívoco y de fácil aplicación para determinar la competencia de un tribunal.

Por tanto, cuando ambos cónyuges poseen la misma doble nacionalidad, no se puede excluir a ninguno de los tribunales por el mero hecho de que no existan otros puntos de conexión con ese Estado.

De hecho, recuerdan los jueces europeos, si una pareja que se divorcia posee la nacionalidad en un único Estado miembro, siempre puede acudir a los tribunales de ese país incluso cuando su residencia habitual ya no esté situada ahí desde hace muchos años y existan muy pocos puntos de conexión efectiva con este último.

Por todo ello, han concluido que los tribunales de los Estados miembros son competentes para resolver las demandas de divorcio de cónyuges con nacionalidad en ese país, siendo la pareja libre para presentar la demanda en cualquier Estado en el que ambos posean la nacionalidad.

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Artículo elaborado por el equipo de nuevodivorcio.com:

AGILIZACIÓN DEL DIVORCIO ENTRE EUROPEOS DE DIFERENTE NACIONALIDAD

Bruselas propone normas tendentes a agilizar el divorcio de los europeos de diferente nacionalidad:

La Comisión Europea presentó una propuesta para agilizar el divorcio de las parejas de diferente nacionalidad y de las que viven en un Estado miembro distinto al de su país de origen mediante un fortalecimiento de la seguridad jurídica y una mayor flexibilidad a la hora de elegir la jurisdicción y el derecho nacional aplicable. De acuerdo con los datos de Bruselas, cada año se producen en la Unión Europea 170.000 divorcios internacionales, cifra que representa el 16% del total. En los últimos años, el número se ha incrementado en todos los Estados miembros salvo Portugal y Estonia. La cuota más alta corresponde a Estonia (50%) y la más baja a Hungría (1,5%).

En términos absolutos, el mayor número de divorcios internacionales se registró en Alemania (36.900 en 2004) y el más bajo en Eslovenia (256). La propuesta del Ejecutivo comunitario no pretende armonizar las legislaciones de los Veinticinco sobre divorcio, sino determinar cuál será la norma nacional aplicable a un matrimonio internacional. En la actualidad no existe legislación comunitaria sobre esta cuestión. Ello hace que sea muy difícil para los esposos predecir qué ley nacional se les aplicará. Además, tienen muy pocas posibilidades de elegirla ellos, y las reglas actuales pueden incentivar a un cónyuge a precipitarse al tribunal para obtener una decisión que le sea favorable. El vicepresidente de la Comisión y responsable de Justicia, Libertad y Seguridad, Franco Frattini, explicó que esta iniciativa "simplificará" la vida de las parejas en la UE. "El objetivo no es armonizar las legislaciones nacionales sobre el divorcio, que son muy variadas, sino garantizar la seguridad jurídica, la flexibilidad y el acceso a la justicia", subrayó. El caso más extremo es el de Malta, cuya legislación no permite el divorcio, aunque sí reconoce las sentencias de divorcio dictadas por tribunales extranjeros. La norma permitirá a la pareja elegir, con ciertas limitaciones, la legislación aplicable y el tribunal competente para su divorcio.

Esta posibilidad es particularmente útil para los casos de divorcio por mutuo acuerdo. Podrán escoger la legislación del país de origen del marido, la del de la mujer o la del Estado miembro en el que residan, pero no la de otros lugares para impedir que se dediquen a buscar la que más les convenga. En los casos en que no haya acuerdo entre los esposos sobre la ley aplicable, Bruselas propone una serie de criterios basados en la proximidad. En primer lugar, se dará prioridad a la normativa del país de residencia habitual. Si ya no viven juntos, a la del último lugar de residencia conjunta. Si nadie vive ya allí se aplicaría la legislación de la nacionalidad común de los cónyuges, y si son de países distintos, la del tribunal al que se acuda. La propuesta no define lo que significa 'divorcio', por lo que la Comisión cree que en principio sería aplicable también a las parejas homosexuales cuyos miembros tienen nacionalidades distintas.

REGÍMENES MATRIMONIALES

Paralelamente, la Comisión lanzó hoy una consulta pública sobre las reglas de conflicto de leyes y el reconocimiento mutuo en materia de regímenes matrimoniales. Bruselas señala que el reparto del patrimonio tras un divorcio plantea frecuentemente problemas prácticos y jurídicos cuando los esposos no son de la misma nacionalidad, no viven en el mismo Estado miembro, o son propietarios de bienes situados en otro país a causa de las grandes diferencias. Tampoco en este caso el objetivo del Ejecutivo comunitario es armonizar las normas, sino determinar el derecho aplicable a efectos patrimoniales y las vías para facilitar el reconocimiento y la ejecución en toda Europa de decisiones judiciales y actos relativos a regímenes matrimoniales. También se incluirán las parejas de hecho. Ante esta propuesta de la Comisión Europea, ALDAN, Servicios Jurídicos SL, propone armonizar la legislación en materia matrimonial en los distintos estados de la UE; no se pueden seguir dando situaciones subrealistas como las actuales, sobre todo en los territorios transfronterizos de España con Francia o de España con Portugal, donde a veces llegan a existir conflictos jurisdiccionales trasnochados entre los Juzgados de uno y otro lado de la Frontera para conocer de un divorcio, separación o de unas medidas previas.

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